Jueves, 14 Noviembre 2019

 

Noticiero de Loterías

Ejecutan retención sobre boletería de juegos de lotería extranjeros

La Comisión Nacional de Lotería, evidenció venta de boletería de juegos pre-impresos extranjeros, sin auspició de ninguna de las Instituciones Oficiales de Beneficencia Pública y Asistencia Social del país, debidamente autorizadas, lo que constituye una infracción a la disposiciones contenidas en el art. 2 y 4 de la Ley Nacional de Lotería.

En tal sentido, los funcionarios adscritos a la Inspectoría Nacional, ordenaron la ejecución inmediata de la medida de retención sobre la boletería del juego “Lottery Florida”, en los Centros de apuesta visitados en el Centro Comercial Tamanaco.

Los fiscales actuantes informaron que estas acciones se llevaron a cabo para “salvaguardar los ingresos que por concepto de regalías le corresponden al Estado, y que por derecho de Ley están destinados a planes y programas sociales”.

Recalcaron que el artículo 2 de la ley que rige el sector, es muy clara “al reservarle la explotación de la actividad bajo cualquier modalidad y tipo a los entes públicos, bien directamente, o a través de personas naturales o jurídicas debidamente autorizadas”.

De igual manera, el artículo 4, notoriamente contempla que, “ninguna persona jurídica extranjera de forma directa o indirecta, podrá operar juegos de lotería en el territorio nacional”, indicaron.

Insistieron que estas acciones seguirán adoptándose, debido a la situación ilegal que aún presentan los centros de apuestas.

Los funcionarios añadieron que en próximos operativos continuarán aplicando las sanciones correspondientes que en este caso particular, implican la inmediata posesión de la boletería de productos pre-impresos no autorizados, hasta tanto éstos, no obtengan las licencias emitidas por las Loterías Oficiales.

Y para el caso específico de venta de juegos de lotería con máquinas no autorizadas, se retendrán preventivamente los equipos y cualquier otro medio que sea utilizado indebidamente, hasta tanto no cumplan con el uso obligatorio de las impresoras fiscales de apuestas, exigidas por el SENIAT.

Fecha: 24 noviembre, 2009 || Categoría: Conalot

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